Para la venta en línea de paquetes y servicios turísticos individuales
También publicado de conformidad con el art. 12, apdo. 3 del Decreto Legislativo 9.4.2003, núm. 70
SECCIÓN A: PAQUETES TURÍSTICOS - ORGANIZACIÓN DE VIAJES
FUENTES LEGISLATIVAS
La venta de paquetes turísticos, que tienen por objeto servicios a prestar tanto a nivel nacional como internacional, se rige -hasta su derogación en virtud del Art. 3 del Decreto Legislativo nº 79 de 23 de mayo de 2011 (en adelante, el «Código de Turismo")- por la Ley nº 1084 de 27/12/1977 por la que se ratifica y aplica el Convenio Internacional sobre el Contrato de Viaje (en adelante, el «CCV"), firmado en Bruselas el 23.4.1970 -en lo que sea aplicable-, así como por el Código de Turismo (Artículos 32-51) y sus posteriores modificaciones. Las ventas realizadas a través de la web también están sujetas a las normas sobre comercio electrónico establecidas en el Decreto Legislativo. 70 /2003.
INFORMACIÓN GENERAL
También a efectos del artículo 7 del Decreto Legislativo 70/2003, te informamos:
que Rosso Maranello Srl, con domicilio social en Via Dino Ferrari, 61 - 41053 Maranello MO, CIF 03761460363, Código Fiscal 03564400368, organiza y gestiona una plataforma telemática, denominada www.motorsportitalia.it (siendo titular del dominio www.motorsportitalia.it), destinada a implementar la promoción y venta de servicios turísticos online;
que es titular de la Póliza de Responsabilidad Civil de Organizadores e Intermediarios de Viajes nº 2208221 Europ Assistance Italia SpA, a efectos de cobertura legal (Art. 19 y 50 Código de Turismo);
que los turistas pueden dirigir cualquier solicitud de asistencia e información a las siguientes direcciones: correo info@motorsportitalia.it tel. 0536941779;
que Rosso Maranello Srl está sujeta a la supervisión del Ayuntamiento de Módena, de conformidad con el artículo 4 de la Ley Regional de Emilia Romaña 31.3.2003, nº 7, en su versión modificada y complementada;
que los precios de venta de los paquetes, expresados a tanto alzado o en cualquier caso completos con los impuestos, derechos y demás cargas administrativas, se indiquen en el catálogo o programa fuera de catálogo y en las actualizaciones de los mismos catálogos o programas fuera de catálogo que se hayan producido posteriormente, como mejor se especifica en el artículo 8 siguiente.
DEFINICIONES
De conformidad con el Art. 33 del Código de Turismo y a efectos de las presentes condiciones generales, se entenderá por:
- Organizador de viajes: la parte que se compromete, en nombre propio y a cambio de una remuneración a tanto alzado, a contratar paquetes turísticos para terceros, realizando la combinación de los elementos a que se refiere el artículo 4 siguiente u ofreciendo al turista, también mediante un sistema de comunicación a distancia, la posibilidad de realizar y adquirir de forma autónoma dicha combinación;
- Turista: el comprador, el cesionario de un paquete turístico o cualquier otra persona que también se designe, siempre que reúna todas las condiciones requeridas para la utilización del servicio, en cuyo nombre el contratista principal se compromete a comprar un paquete turístico sin remuneración;
- Portal: la plataforma telemática, denominada www.motorsportitalia.it gestionada por Rosso Maranello Srl, con páginas de acceso libre o reservado tras el procedimiento de registro, accesible desde la URL motorsportitalia.it donde los turistas, además de encontrar información, pueden concluir directamente transacciones de comercio electrónico para la compra de Paquetes Turísticos/Servicios de Viaje.
NOCIÓN DE PAQUETE TURÍSTICO
4.1. De conformidad con el Art. 34 del Código de Turismo, los paquetes turísticos se refieren a viajes, vacaciones, circuitos todo incluido, cruceros turísticos, resultantes de la combinación, por quienquiera y comoquiera que se realice, de al menos dos de los elementos indicados a continuación, vendidos u ofrecidos en venta a un precio fijo: a) transporte; b) alojamiento; c) servicios turísticos no accesorios al transporte o al alojamiento según el Art. 36, que constituyan una parte significativa del «paquete turístico" para la satisfacción de las necesidades recreativas del turista. De ello se desprende que tanto la combinación preestablecida de servicios adquiridos a través del Portal, como la combinación de dos o más servicios individuales adquiridos a través del mismo por el turista, constituirán la venta de un paquete en el sentido del citado Art. 34 del Código de Turismo.
4.2. El turista tiene derecho a recibir una copia del contrato de venta del paquete turístico, redactado de conformidad con el artículo 35 del Código de Turismo. El contrato da derecho a acceder al Fondo de Garantía mencionado en el artículo 21.
INFORMACIÓN TURÍSTICA - FICHA TÉCNICA
5.1 Además de las presentes condiciones generales de contratación, publicadas en el Portal, el organizador deberá incluir en el catálogo o programa fuera de catálogo -entendido como catálogo impreso o programa en formato electrónico o por medios electrónicos, publicado y descargable desde el Portal- una ficha técnica. La ficha técnica del catálogo o programa no catalogado contiene -cuando no estén ya indicados en estas condiciones generales- los siguientes elementos obligatorios:
datos de la autorización administrativa o, en su caso, del D.I.A. o S.C.I.A. del organizador;
detalles de la póliza de seguro de responsabilidad civil de conformidad con los artículos 19 y 50 del Código de Turismo;
periodo de validez del catálogo o del programa fuera de catálogo;
condiciones de sustitución del turista, para la cesión del contrato de compra del viaje combinado (art. 39 del Código de Turismo);
parámetros y criterios para ajustar el precio del viaje, para las revisiones permitidas (Art. 40 Código Turístico).
5.2. El organizador también incluirá cualquier otra condición especial en la ficha técnica.
5.3 El organizador proporcionará antes de la salida cualquier información relativa al paquete turístico que no figure en los documentos contractuales, folletos u otros medios de comunicación escrita, tal y como se estipula en el artículo 37, apartado 2, del Código de Turismo.
5.4 En el momento de la celebración del contrato, el organizador también informará a los pasajeros de la identidad del transportista o transportistas efectivos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento (CE) nº 2111/2005, y de su inclusión, en su caso, en la denominada «lista negra" prevista en el mismo Reglamento.
RESERVAS - Información precontractual - Procedimiento de celebración del contrato (Art. 12 Decreto Legislativo 70/2003)
6.1 La propuesta de reserva debe redactarse en el formulario especial que puede cumplimentarse en línea en la sección correspondiente del portal, conteniendo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13, apartado 2, del Decreto Legislativo 70/2003, las características esenciales del viaje combinado, la indicación detallada del precio y de las modalidades de pago, la información sobre la exclusión del derecho de desistimiento a que se refiere el artículo 52 del Decreto Legislativo 6.9.2005, nº 206 y las sanciones por desistimiento unilateral del turista.
6.2 Una vez cumplimentado el formulario de reserva en su totalidad y confirmado por el turista, el sistema de reservas generará un correo electrónico automático de notificación que se enviará al cliente, al Organizador y a los proveedores implicados, que también tendrá validez como recibo de conformidad con el Artículo 13, Párrafo II del Decreto Legislativo nº 213 de la República Italiana. 70/2003.
6.3 Los usuarios registrados pueden modificar y corregir cualquier error en la introducción de datos. Con este fin, Rosso Maranello Srl proporciona los siguientes medios para que el turista identifique/corrija cualquier error de introducción de datos: una sección dedicada en la página de inicio del portal, a la que se puede acceder utilizando el nombre de usuario y la contraseña generados durante el proceso de registro; o enviando un correo electrónico a info@motorsportitalia.it.
Los usuarios que hayan realizado una reserva o confirmación sin registrarse podrán solicitar correcciones y cambios en sus datos enviando un correo electrónico a info@motorsportitalia.it.
6.4 El Contrato de Organización de Viaje sólo podrá considerarse celebrado a través del Portal cuando Rosso Maranello Srl envíe al turista la comunicación de confirmación de la reserva a través de un correo electrónico de notificación automática.
6.5 Tanto la propuesta de reserva como su confirmación se considerarán recibidas una vez hayan sido enviadas automáticamente por el sistema sin que se generen mensajes de error.
6.6 El Acuerdo de organización del viaje se archivará en la sección específica del Portal y el turista podrá acceder a él directamente desde la página de inicio introduciendo sus credenciales (si ha seleccionado la opción de registro). Todos los demás aspectos relativos a la política de recogida, tratamiento y almacenamiento de datos personales están mejor explicados en el documento «Condiciones de Privacidad" que se puede consultar y descargar en la Sección del Portal.
6.7 Además del idioma italiano, estas «Condiciones de Venta" también están disponibles en otros idiomas.
PAGOS
7.1 El importe del anticipo, hasta un máximo del 25% del precio de los Viajes Combinados a pagar en el momento del pedido/reserva o en el momento de la solicitud vinculante, y la fecha en la que debe abonarse el saldo antes de la salida, resultan del catálogo, folleto o indicaciones específicas publicadas por el Organizador del Viaje y en el momento de la reserva en las secciones correspondientes del Portal.
7.2 La falta de pago de las cantidades mencionadas en las fechas establecidas constituye una cláusula de rescisión expresa que permite al Organizador rescindir el Contrato de pleno derecho, también en virtud del Artículo 1456 del Código Civil italiano.
PRECIO
8.1 El precio del paquete turístico se indica en el contrato, con referencia a lo indicado en el catálogo o programa fuera de catálogo y en las actualizaciones de los mismos catálogos o programas fuera de catálogo que se hayan producido posteriormente, todos ellos publicados y descargables en las Secciones del Portal. Podrá ser variado, de conformidad con el artículo 40 del Código de Turismo, hasta 20 días antes de la salida (considerándose en este plazo el día de envío de la comunicación) sólo como consecuencia de las variaciones de
- costes de transporte, incluidos los costes de combustible;
- tasas e impuestos sobre determinados tipos de servicios turísticos, como las tasas de desembarque, desembarque o embarque en puertos y aeropuertos;
- residencia municipal o tasas de entrada;
- tipos de cambio aplicados al paquete en cuestión.
8.2 Para cualquier variación de este tipo, se tomarán como referencia los tipos de cambio y los costes mencionados anteriormente que estén en vigor en la fecha de publicación del programa, tal y como se establece en la ficha técnica del catálogo, o en la fecha establecida en cualquier actualización mencionada anteriormente.
8.3 Las fluctuaciones afectarán al precio del viaje combinado en el porcentaje expresamente indicado en la ficha técnica del programa de catálogo o no de catálogo.
MODIFICACIÓN O CANCELACIÓN DEL PAQUETE TURÍSTICO ANTES DE LA SALIDA
9.1 Antes de la salida, si el organizador o el intermediario necesitan modificar de forma significativa uno o varios elementos del contrato, el organizador o el intermediario lo notificarán inmediatamente por escrito al titular de las vacaciones, indicando el tipo de modificación y el cambio de precio resultante.
9.2 Si el Viajero no acepta el cambio propuesto en virtud del Apartado 1, podrá ejercer alternativamente el derecho a recomprar la suma ya abonada o a disfrutar de la oferta de un paquete de sustitución en virtud de los Apartados 2 y 3 del Artículo 10.
9.3 El Viajero también podrá ejercer los citados derechos cuando la cancelación se deba a que no se alcance el número mínimo de participantes estipulado en el Catálogo o Programa no incluido en el Catálogo o por casos de fuerza mayor e imprevisibles relacionados con el paquete turístico adquirido.
9.4 Para las cancelaciones distintas de las causadas por fuerza mayor, caso fortuito y por no alcanzar el número mínimo de participantes, así como para las distintas de la no aceptación por parte del turista del paquete turístico alternativo ofrecido, el organizador que cancele, (Art. 33 letra e) Decreto Legislativo 206/2005) reembolsará al turista el doble del importe pagado y cobrado por el organizador. La cantidad reembolsada nunca será superior al doble de la cantidad que se adeudaría al turista en la misma fecha, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 10, 4º párrafo, si cancelara.
RETIRADA DEL TURISTA
10.1 El turista podrá desistir del contrato, sin pagar penalización alguna, en los siguientes casos:
aumento del precio a que se refiere el artículo 8 anterior en más de un 10%;
modificación significativa de uno o varios elementos del contrato objetivamente configurables como fundamentales para el disfrute del paquete turístico en su conjunto y propuestos por el organizador después de la celebración del propio contrato pero antes de la salida y no aceptados por el turista.
10.2 En los casos anteriores, el turista tiene derecho alternativamente:
disfrutar de un viaje combinado alternativo, sin recargo o con reembolso del exceso de precio si el segundo viaje combinado es de menor valor que el primero;
el reembolso únicamente de la parte del precio ya pagada. Este reembolso se efectuará en un plazo de siete días laborables a partir de la recepción de la solicitud de reembolso.
10.3 El turista deberá notificar su decisión (de aceptar el cambio o desistir) en el plazo máximo de dos días hábiles desde la recepción de la notificación del aumento o cambio. A falta de notificación expresa en el plazo mencionado, se considerará aceptada la propuesta realizada por el organizador.
10.4 A los turistas que desistan del contrato antes de la salida fuera de los casos enumerados en el primer párrafo, o en el caso previsto en el Art. 7, párrafo 2, se les cobrará -independientemente del pago del depósito a que se refiere el Art. 7, párrafo 1- el coste individual de tramitación del expediente, la penalización en la medida indicada en la ficha técnica del Catálogo o Programa no incluido en el catálogo o viaje a medida, cualquier cobertura de seguro ya solicitada en el momento de la celebración del contrato o por otros servicios ya prestados.
10.5 En el caso de grupos preestablecidos, estas cantidades se acordarán caso por caso cuando se firme el contrato.
CAMBIOS TRAS LA SALIDA
11.1 Si el organizador, después de la salida, no pudiera prestar por cualquier motivo, que no sea imputable al turista, una parte esencial de los servicios previstos en el contrato, organizará soluciones alternativas, sin suplemento de precio a cargo del contratante, y si los servicios prestados fueran de menor valor que los previstos, reembolsará al contratante la diferencia.
11.2 Si no es posible ninguna solución alternativa, o si la solución dispuesta por el organizador es rechazada por el turista por razones probadas y justificadas, el organizador pondrá a su disposición, sin recargo alguno, un medio de transporte equivalente al originalmente previsto para el regreso al lugar de salida o a un lugar diferente eventualmente acordado, en función de la disponibilidad de medios y plazas, y reembolsará al turista la diferencia entre el coste de los servicios previstos y el coste de los servicios prestados hasta el momento del regreso anticipado.
SUSTITUCIONES
12.1 El turista renunciante podrá ser sustituido por otra persona siempre que
- el organizador sea informado de ello por escrito al menos 4 días laborables antes de la fecha fijada para la salida, notificándosele al mismo tiempo los motivos de la sustitución y los datos del cesionario;
- el cesionario cumple todas las condiciones para la utilización del servicio (ex art. 39 Código de Turismo) y, en particular, los requisitos relativos al pasaporte, visados, certificados sanitarios;
- los propios servicios o pueden prestarse otros servicios sustitutorios como consecuencia de la sustitución;
- el sustituto reembolsa al organizador todos los gastos adicionales ocasionados por la sustitución, en la medida en que se cuantificarán antes del traslado.
12.2 El cedente y el cesionario son solidariamente responsables del pago del saldo del precio, así como de las cantidades mencionadas en el subartículo (d) de este artículo.
12.3 Cualquier otra condición de sustitución se establece en la hoja de datos mencionada en el Artículo 5 anterior.
OBLIGACIONES DE LOS TURISTAS
13.1 En el curso de las negociaciones y, en cualquier caso, antes de la celebración del contrato, se proporcionará por escrito a los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea información general -actualizada a la fecha de impresión del catálogo- sobre las obligaciones sanitarias y la documentación necesaria para la expatriación. Los ciudadanos no comunitarios encontrarán la información correspondiente a través de sus representaciones diplomáticas en Italia y/o de los respectivos canales oficiales de información del gobierno.
13.2 En cualquier caso, todos los turistas, antes de partir, comprobarán las actualizaciones con las autoridades competentes (para los ciudadanos italianos, la Jefatura de Policía local o el Ministerio de Asuntos Exteriores a través del sitio web www.viaggiaresicuri.it o el Centro de Operaciones Telefónicas en el 06.491115) y las cumplirán antes de viajar. A falta de dicha comprobación, no podrá atribuirse al intermediario ni al organizador ninguna responsabilidad por la ausencia de salida de uno o varios turistas.
13.3 El consumidor deberá informar al organizador de su nacionalidad y, en el momento de la salida, deberá asegurarse definitivamente de que está en posesión de los certificados de vacunación, pasaportes individuales y cualquier otro documento válido para todos los países del itinerario, así como de los visados de residencia, de tránsito y de los certificados sanitarios que puedan exigirse.
13.4 Además, con el fin de evaluar la situación sanitaria y de seguridad en los países de destino y, por tanto, la utilidad objetiva de los servicios adquiridos o por adquirir, el turista encontrará (utilizando las fuentes de información indicadas en el apartado 2) información oficial de carácter general en el Ministerio de Asuntos Exteriores que indique expresamente si los destinos están o no sujetos a desaconsejo formal: la decisión del turista de utilizar el viaje combinado al resultado de estas comprobaciones implicará la asunción consciente del riesgo del viaje, también a efectos de la exoneración de responsabilidad conforme al art. 46 del Código de Turismo.
13.5 Asimismo, el Consumidor deberá respetar las normas de prudencia y diligencia habituales y las normas específicas vigentes en los países a los que viaje, toda la información que le facilite el organizador, así como las disposiciones reglamentarias, administrativas o legislativas relativas al viaje combinado turístico, y el Código de la Circulación. Los consumidores serán responsables de todos los daños y perjuicios que el organizador y/o el intermediario puedan sufrir como consecuencia del incumplimiento por parte del organizador de las obligaciones mencionadas, incluidos los gastos necesarios para su repatriación.
13.6 El turista está obligado a facilitar al organizador todos los documentos, informaciones y elementos que obren en su poder y que sean útiles para el ejercicio del derecho de subrogación de este último, de conformidad con el artículo 48 del Código de Turismo, frente a terceros responsables del daño y responde ante el organizador del perjuicio causado al derecho de subrogación.
13.7 El turista también deberá notificar por escrito al organizador, en el momento de la reserva, cualquier petición personal especial que pueda ser objeto de acuerdos específicos sobre la organización del viaje, siempre que sea posible llevarla a cabo.
13.8 El turista está siempre obligado a informar al organizador de cualquier necesidad o condición especial que pueda afectar al disfrute del viaje (embarazo, intolerancias alimentarias, discapacidades, etc.) y a especificar explícitamente la solicitud de servicios personalizados pertinentes.
CLASIFICACIÓN HOTELERA
14.1 La clasificación oficial de las instalaciones hoteleras se facilita en el catálogo u otro material informativo únicamente de acuerdo con las instrucciones expresas y formales de las autoridades competentes del país en el que se presta el servicio.
14.2 En ausencia de clasificaciones oficiales reconocidas por las Autoridades Públicas competentes de los países, también miembros de la UE, a los que se refiere el servicio, el organizador se reserva el derecho de proporcionar en el catálogo o folleto su propia descripción de la instalación de alojamiento, de forma que permita una evaluación y consiguiente aceptación de la misma por parte del turista.
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD - LÍMITES
El organizador responde de los daños y perjuicios causados al turista como consecuencia del incumplimiento total o parcial de las prestaciones contractualmente debidas, tanto si éstas son realizadas por el mismo directamente, como por terceros prestadores de servicios, salvo que pruebe que el hecho fue causado por el turista (incluidas las iniciativas emprendidas autónomamente por éste durante la ejecución de los servicios turísticos) o por el hecho de un tercero de carácter imprevisible o inevitable, por circunstancias ajenas a la prestación de los servicios previstos en el contrato, por caso fortuito, por fuerza mayor, o por circunstancias que el propio organizador no haya podido, según su diligencia profesional, prever o resolver razonablemente.
COBERTURA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL - LÍMITES DE INDEMNIZACIÓN
16.1 Las indemnizaciones a que se refieren los artículos 44, 45 y 47 del Código de Turismo y los plazos de prescripción correspondientes se rigen por lo dispuesto en los mismos y, en todo caso, dentro de los límites establecidos por el C.C.V., los Convenios Internacionales que regulan las prestaciones objeto del paquete turístico, así como los artículos 1783 y 1784 del Código Civil.
16.2 Para tales reclamaciones, Rosso Maranello Srl está cubierta por una póliza de responsabilidad civil adecuada, como se especifica en el artículo 2 anterior.
COBERTURA DEL SEGURO MÉDICO DE EQUIPAJE - LÍMITES DE INDEMNIZACIÓN
17.1 Rosso Maranello Srl estipula para sus viajeros un seguro médico de equipaje para el reembolso de los gastos médicos en caso de accidente durante el viaje con los siguientes límites:
| LÍMITES ASEGURADOS | ||
| DESTINO/RESIDENCIA | EQUIPAJE | REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS |
| ITALIA | €1’000.00 | €1’000.00 |
| EUROPA Y LA CUENCA MEDITERRÁNEA | €1’000.00 | €7’000.00 |
| MUNDO | €1’000.00 | €10’000.00 |
17.2 Las condiciones de la póliza pueden consultarse en el enlace: TO Seguro Básico Estándar
17.3 Se especifica que la póliza médico/equipaje no cubre las actividades especiales y automovilísticas, como las que puedan realizarse en el interior de los hipódromos. Consulta en particular los artículos 11, 16 y 22 del Contrato tipo de seguro indicado en el punto anterior sobre Exclusiones de cobertura.
DEBER DE ASISTENCIA
18.1 El organizador está obligado a proporcionar medidas de asistencia al turista según el criterio de diligencia profesional con referencia exclusiva a las obligaciones que le incumben por ley o por contrato.
18.2 El organizador y el intermediario quedan exonerados de sus respectivas responsabilidades conforme a los artículos 15 y 16 anteriores, cuando la no ejecución o ejecución inexacta del contrato sea imputable al turista o sea consecuencia de culpa de un tercero de carácter imprevisible o inevitable, o haya sido causada por caso fortuito o fuerza mayor.
QUEJAS Y RECLAMACIONES
Cualquier deficiencia en la ejecución del contrato debe ser impugnada por el turista durante la utilización del viaje combinado presentando rápidamente una reclamación para que el organizador, su representante local o el responsable del viaje puedan subsanarla sin demora. De lo contrario, la indemnización por daños y perjuicios se reducirá o excluirá de conformidad con el artículo 1227 del Código Civil italiano.
El turista también debe -bajo pena de caducidad- presentar una reclamación enviando una carta certificada con acuse de recibo, u otro medio que garantice la prueba de la recepción, al organizador, en un plazo máximo de diez días laborables a partir de la fecha de regreso al lugar de partida.
SEGURO DE ANULACIÓN Y REPATRIACIÓN
El seguro de anulación y repatriación no suele estar incluido en el paquete turístico.
Para los turistas procedentes de Italia, es posible suscribir pólizas de seguro especiales en el momento de la reserva en las oficinas del organizador contra los gastos derivados de la anulación del paquete turístico, los posibles accidentes y la pérdida o deterioro del equipaje transportado. También será posible estipular un contrato de asistencia que cubra los gastos de repatriación en caso de accidente, enfermedad, caso fortuito y/o fuerza mayor. El turista ejercerá los derechos derivados de estos contratos exclusivamente ante las Compañías de Seguros estipulantes, en las condiciones y forma previstas en dichas pólizas.
Para los turistas de otros países, no es posible estipular este tipo de pólizas desde Italia, sino que se recomienda hacerlo directamente en el propio país.
HERRAMIENTAS ALTERNATIVAS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
De conformidad y a los efectos del art. 67 del Código de Turismo, el organizador podrá proponer al turista -en el catálogo, en su página web o de otra forma- vías de resolución alternativa de los conflictos surgidos. En este caso, el organizador indicará el tipo de resolución alternativa propuesta y los efectos que dicha adhesión conlleva.
FONDO DE GARANTÍA
El Fondo Nacional de Garantía previsto en el artículo 51 del Código de Turismo, creado para proteger a los turistas con contrato, prevé las siguientes necesidades en caso de insolvencia o quiebra declarada del intermediario u organizador:
- devolución del precio pagado;
- repatriación en caso de viaje al extranjero.
El fondo también debe proporcionar disponibilidad económica inmediata en caso de retorno forzoso de turistas de países no pertenecientes a la UE durante emergencias imputables o no al comportamiento del organizador.
Las modalidades de intervención del Fondo se establecen en el Decreto del Primer Ministro nº 349 de 23/07/99, y las solicitudes de reembolso al Fondo no están sujetas a ningún plazo.
El organizador y el intermediario de viajes contribuyen a este Fondo en la medida establecida por el apartado 2 del citado Art. 51 del Código de Turismo mediante el pago de la prima del seguro obligatorio que están obligados a estipular, una parte de la cual se abona al Fondo en la forma establecida en el Art. 6 del Decreto Ministerial 349/99.
SECCIÓN B: INTERMEDIACIÓN EN LA VENTA DE PAQUETES TURÍSTICOS O SERVICIOS INDIVIDUALES
- FUENTES LEGISLATIVAS
El contrato de intermediación turística se rige - hasta su derogación en virtud del art. 3 del Decreto Legislativo nº 79 de 23 de mayo de 2011 (en adelante, el «Código de Turismo") - por la Ley nº 1084 de 27/12/1977 por la que se ratifica y aplica el Convenio Internacional sobre el Contrato de Viaje (en adelante, el «CCV"), firmado en Bruselas el 23.4.1970 - y, en particular, por los artículos 1, nº 3 y nº 6; los artículos 17 a 23; los artículos 24 a 31 (limitados a las partes de estas disposiciones que no se refieren al contrato de organización), así como por las disposiciones del Código Civil sobre los mandatos (artículos 1703 - 1730).
23-bis. INFORMACIÓN GENERAL
También a efectos del artículo 7 del Decreto Legislativo 70/2003, te informamos:
que Rosso Maranello Srl, con domicilio social en Via Dino Ferrari, 61 - 41053 Maranello MO, CIF 03564400368, Código Fiscal 03564400368, organiza, gestiona y vende en línea paquetes y servicios turísticos;
que es titular de la Póliza de Responsabilidad Civil de Organizadores e Intermediarios de Viajes nº 2208221 Europ Assistance Italia SpA, a efectos de cobertura legal (Art. 19 y 50 Código de Turismo);
que los turistas pueden dirigir cualquier solicitud de asistencia e información a las siguientes direcciones: correo info@motorsportitalia.it tel. 0536941779;
que Rosso Maranello Srl está sujeta a la supervisión de la Provincia de Módena, de conformidad con el artículo 4 de la Ley Regional de Emilia Romagna 31.3.2003, nº 7, modificada y completada;
que los precios de venta de los paquetes o servicios turísticos individuales objeto de intermediación - expresados como suma global o, en cualquier caso, con impuestos, tasas y otros gastos administrativos incluidos - se indican en los catálogos o programas no incluidos en el catálogo y en las eventuales actualizaciones de los mismos catálogos publicadas en el Portal, mientras que la comisión de agencia, debida a Rosso Maranello Srl como compensación por la intermediación, cuando se aplique al turista, se incluye en la propuesta de venta.
DEFINICIONES
24.1 Intermediario: la parte que, aunque no sea profesionalmente y sin ánimo de lucro, vende o se compromete a contratar paquetes turísticos realizados de conformidad con el 34 del Código de Turismo a cambio de una contraprestación global o servicios turísticos individuales desagregados.
24.2 Servicios turísticos individuales: son los servicios prestados por las Empresas Turísticas a que se refiere el artículo 4 del Código de Turismo o por las figuras profesionales a que se refiere el artículo 6 del mismo Código (como, a título de ejemplo: transporte, hotel, alquiler de coches, guía, animador turístico o intérprete), ofrecidos individualmente, así como todos los servicios que no entren en la definición de «combinación preestablecida" apta para configurar un Paquete Turístico, de acuerdo con la legislación vigente.
24.3 Contrato de intermediación turística: el contrato a título oneroso que consiste en la cesión a agencias de viajes por parte del turista para procurar la firma de un contrato de venta de viajes combinados organizados por terceros o la prestación de un servicio turístico individual por un tercer proveedor.
24.4 Comisión de agencia: la comisión que debe pagar el turista al intermediario por la actividad realizada tras la ejecución del mandato conferido por el contrato al que se refiere el apartado anterior.
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD
El intermediario no es responsable en ningún caso de las obligaciones derivadas del contrato de intermediación, incluidos reembolsos, compensaciones, indemnizaciones, sino que es exclusivamente responsable, dentro de los límites de la diligencia profesional, de las obligaciones derivadas de su calidad de agente en relación con la ejecución de la tarea de búsqueda del proveedor del servicio solicitado por el turista y de asistencia en la estipulación del contrato relativo. De conformidad con el art. 35 del Código de Turismo, el intermediario entregará al turista una copia del contrato de organización de viajes intermediada o, en caso de contratación de servicios individuales, le entregará los documentos pertinentes con su firma, incluida la firma electrónica. Estos documentos o la factura correspondiente mostrarán el importe pagado por el servicio.
REVOCACIÓN DEL MANDATO DE CORRETAJE CONFERIDO
El turista podrá revocar por justa causa el mandato conferido por la celebración del Contrato de Intermediación de Viajes en cualquier momento, antes de que se haya ejecutado, a condición de que indemnice al Intermediario únicamente por los honorarios administrativos y de gestión de la práctica especificados en el contrato. Si la revocación se produce después de que el mandato haya comenzado a ejecutarse, el turista deberá pagar cualquier penalización o tasa de agencia o administrativa especificada en el contrato estipulado, además de lo dispuesto en el Art. 1720 del Código Civil y en el Art. 1725 del Código Civil, si no existe justa causa.
PAGOS. CLÁUSULA RESOLUTORIA EXPRESA
En caso de que el turista no pague las cantidades debidas al Intermediario en concepto de honorarios de Agencia o por cualquier otro motivo, incluido cualquier anticipo, o en cualquier caso las cantidades necesarias para cumplir el mandato otorgado, de conformidad con el art. 1719 del código civil. - Rosso Maranello Srl tendrá derecho a rescindir el contrato de intermediación estipulado mediante una simple comunicación escrita, de conformidad con el art. 1456 del código civil, sin perjuicio de los derechos derivados del art. 1720 del código civil.
PROPUESTA DE ENCARGO DE INTERMEDIACIÓN - INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL - PROCEDIMIENTO DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO DE INTERMEDIACIÓN (ART. 12 DECRETO LEGISLATIVO 70/2003)
28.1 La propuesta de asignación de un mandato de intermediación para la compra de paquetes o servicios turísticos individuales tendrá lugar en el momento de la elección del paquete y de su colocación en la cesta de la compra, y contendrá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13, apartado 2, del Decreto Legislativo 70/2003, las características esenciales del paquete/servicio, una indicación detallada del precio de la actividad de intermediación y de las modalidades de pago, así como las penalizaciones o condiciones económicas derivadas de la revocación del mandato.
28.2 Una vez que el turista haya adquirido el paquete, el sistema de reservas generará automáticamente un correo electrónico de notificación que se enviará al cliente, al Organizador, que también tendrá validez como recibo de conformidad con el Artículo 13, Párrafo II del Decreto Legislativo nº 196/2003. 70/2003.
28.3 El turista puede modificar y corregir cualquier error en la introducción de datos antes de realizar la compra. Para cambios posteriores, Rosso Maranello Srl proporciona los siguientes medios para que el turista identifique/corrija cualquier error de introducción de datos: sección dedicada en la página de inicio del portal, a la que se puede acceder utilizando el nombre de usuario y la contraseña generados durante el proceso de registro (para aquellos que hayan optado por registrarse como usuario), o enviando un correo electrónico a info@motorsportitalia.it.
28.4 La intermediación turística sólo podrá considerarse concluida a través del Portal cuando Rosso Maranello Srl envíe la comunicación de confirmación al turista mediante el envío de un correo electrónico de notificación automática.
28.5 Tanto la propuesta de contrato como la confirmación de la misma se considerarán recibidas una vez hayan sido enviadas automáticamente por el sistema sin que se generen mensajes de error.
28.6 El paquete de viaje adquirido se archivará en la sección específica del Portal y el Turista podrá acceder a él directamente desde la página de inicio introduciendo sus credenciales (si está registrado). Todos los demás aspectos relativos a la política de recogida, tratamiento y almacenamiento de datos personales están mejor recogidos en el documento «Condiciones de Privacidad" que se puede consultar y descargar en la Sección de Privacidad del Portal.
28.7 Además del idioma italiano, estas «Condiciones de Venta" también están disponibles en otros idiomas.
LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN APLICABLES
La legislación establecida en los Artículos 1 y 22 se aplicará a estas «Condiciones de Venta".
Cualquier controversia relativa a la validez, eficacia, interpretación y/o ejecución del Contrato de Organización de Viajes/Intermediación de Viajes en el que Rosso Maranello Srl sea parte, se someterá a la jurisdicción exclusiva del Tribunal de Módena (Italia) con exclusión de cualquier otra Autoridad Judicial, sin perjuicio de la posible aplicación de las disposiciones imperativas de la ley, incluidas, en su caso, las dictadas por el Código de Consumo.
COMUNICACIÓN OBLIGATORIA
Notificación obligatoria en virtud del artículo 16 de la Ley 269/98.
La legislación italiana castiga con penas de prisión los delitos relacionados con la prostitución y la pornografía infantil, aunque se cometan en el extranjero.
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Por la presente declaro que he leído atentamente y evaluado el contenido de las condiciones generales de contrato anteriormente ampliadas y declaro que acepto íntegramente y sin reservas, de conformidad con los artículos 1341 y 1342 del Código Civil italiano, las cláusulas establecidas en los artículos siguientes, también a efectos de excluir la presunción de vejación de conformidad con el artículo 33 del Decreto Legislativo 206/2005 (Código de Consumo).
Art. 7.2 Cláusula de rescisión expresa
Art. 8 Precio
Art. 10.4 Retirada unilateral por parte del turista - penalizaciones y cargos
Art. 13 Obligaciones de los turistas - exención de responsabilidad de la organización
Art. 15 Régimen de responsabilidad - límites
Art. 16 Límites de la indemnización
Art. 18 Deber de diligencia
Artículo 19 Quejas y denuncias - decomiso
Art. 25 Régimen de responsabilidad del intermediario - límites y exclusiones
Art. 26 Cese del Mandato - Indemnización y Compensación
Art. 27 Pago - Cláusula de rescisión expresa
Art. 29 Ley aplicable y jurisdicción

